Al comenzar estudios en la
UnADM, principalmente revisemos las reglas a seguir dentro de la universidad
como en cualquier otra, para cumplir nuestras obligaciones, estas se encuentran
en el Reglamento escolar de la universidad; Para poder inscribirnos en los
módulos o semestres, es necesario no adeudar más de tres asignaturas o número
de módulos según corresponda cada programa, seguir la secuencia establecida al
plan de estudios, no salir del margen establecido para concluir el plan de
estudios. (artículo 9).
La licenciatura tiene la
opción de adelantar materias o módulos (carga académica máxima), siempre y
cuando hallamos acreditado de forma regular los semestres pasados y las
materias se tiene que encontrar activas dentro de la plataforma electrónica. (artículo 24).
Como alumnos estamos obligados
y es fundamental para el aprendizaje dar evidencia de nuestra autoría que nunca
haya sido publicada antes, a través de los instrumentos de evaluación clasificados
en evidencia de conocimientos, nuestro desempeño y producto. (artículo 29).
Si bien por alguna razón externa
o interna de nuestro aprovechamiento de aprendizaje es bajo, contamos con dos
oportunidades para cursar cada asignatura o módulo, donde sí se cursa por
primera vez se denominará ordinaria y si es la segunda ocasión la dominaremos recursamiento
(artículo 32).
Si bien contamos con dos
oportunidades para acreditar, también corremos el riesgo de causar baja en
cualquiera de las asignaturas o módulos, en los que nos hayas inscrito, cuando
no exista evidencia de ninguna índole, esto con una mora de 21 días naturales
seguidos, contados a partir del inicio del bloque, por lo que en nuestro
historial aparecerá NP (no
presentó), esta disposición solo aplicará una vez por asignatura o módulo. (artículo 40).
Contamos con un plazo d cuatro
años que no excederá del 100% adicional al tiempo previsto, contando a partir
de la inscripción. (artículo 45).
Como estudiantes contamos con
derechos como lo es recibir de la universidad igualdad de oportunidad para
tener acceso a una educación integral y de calidad conforme a los planes y
programas de estudios. (artículos 57 y
58).
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